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Si no salvo mis ideales, no me salvo a mi.







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martes, abril 26, 2011

Exactamente eso mismo es lo que le recordamos...

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EP Social
Martes, 26 de abril 2011













Para recibir prestaciones de dependencia

Cermi recuerda que

se debe respetar la

libertad de opción

de los

discapacitados



Foto de la Noticia
Foto: LA CAIXA

MADRID, 25 Abr. (EUROPA PRESS) -


El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha recordado que la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad obliga a respetar la libertad de opción de este colectivo para recibir prestaciones de autonomía personal y dependencia.

Así, el Cermi ha apuntado que "estas prestaciones están dirigidas a la promoción de la autonomía personal y la inclusión en la comunidad de las personas con discapacidad en situación de dependencia" y que sus preferencias "deben constituir el criterio preferencial en el momento de asignar los servicios y prestaciones disponibles en el catálogo del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecido en la Ley 39/2006".

En este sentido, ha concretado que el dictamen técnico-administrativo que determina el Programa Individual de Atención (PIA) de los servicios y prestaciones de autonomía personal y dependencia "debe acomodarse lo máximo posible a la voluntad libremente expresada de la persona beneficiada o de sus representantes legales".

De hecho, ha precisado que esta situación tiene que darse "en especial, cuando el PIA puede implicar la decisión sobre dónde debe residir la persona, como en su propio domicilio o en un establecimiento colectivo", al tiempo que ha apuntado que el respeto a la voluntad del individuo "ha de ser absoluto".

"El artículo 19 de la Convención obliga a los Estados parte a garantizar que las personas con discapacidad han de tener la oportunidad de elegir su lugar de residencia sin que puedan ser forzadas a vivir con arreglo a un sistema de vida específico por razón de su discapacidad", ha explicado.

De esta manera, ha abogado por la modificación de la Ley 39/2006 "para que la decisión recaiga siempre en la persona que recibe la prestación o el servicio y no en la instancia administrativa que la proporciona o dispensa, ya que la regulación legal vigente en España entra en conflicto con los mandatos de la Convención", que fue aprobada por la Organización de las Naciones Unidas en 2006 y ratificada por España en 2008.



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