Minusvalía no, discapacidad si
lunes, 07 de diciembre de 2009
Se trata de una adaptación de terminología, adaptándola a la dispuesta por la Organización Mundial de la salud.
La posible connotación peyorativa de la palabra minusvalía, es la que ha propiciado su sustitución por el término discapacidad.
El Gobierno adapta la terminología sobre discapacidad
Con este Real Decreto se sustituye el término “minusvalía” por el de “discapacidad”, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Dependencia y la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF-2001) de la Organización Mundial de la Salud (OMS)
Además, el Consejo de Ministros ha adaptado el Consejo Nacional de Discapacidad y la Comisión de protección patrimonial de personas con discapacidad a la estructura ministerial
El Gobierno aprobó el 4 de diciembre de 2009, a propuesta de la ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez, el Real Decreto para adaptar la terminología sobre minusvalía y discapacidad, contenida en el Real Decreto 1971/1999, a la Ley de Dependencia y a la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF-2001) de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
El término genérico utilizado en el Real Decreto 1971/1999 para describir la situación global de la persona era el de “minusvalía”. Con el Real Decreto aprobado hoy se realiza una adecuación terminológica y conceptual, sustituyendo el término “minusvalía” por el de “discapacidad”. Asimismo, las referencias que en el Real Decreto 1971/1999 se hacían a la “discapacidad” son sustituidas por “limitaciones en la actividad”.
Así, el término “grado de minusvalía” es sustituido por el de “grado de discapacidad”. Todas las referencias que hasta el momento se venían realizando en el Real Decreto que se modifica al “grado de discapacidad”, quedan sustituidas por “grado de las limitaciones en la actividad”.
La Ley de Dependencia, en su disposición adicional octava, establece que “las referencias que en los textos normativos se efectúen a minusválidos y a personas con minusvalía, se entenderán realizadas a personas con discapacidad”. Por otro lado la OMS tomó la decisión, cuando revisó la CIF-2001, de utilizar “discapacidad” como término genérico que incluye déficits, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación, en lugar de “minusvalía”, por la connotación peyorativa de esta palabra.
Además, el Real Decreto que se aprueba incorpora a la comisión Estatal para el Seguimiento del Grado de Minusvalía, ahora de Discapacidad, un representante de la discapacidad organizada.
Consejo Nacional de Discapacidad y Comisión de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad
El Gobierno también ha aprobado dos reales decretos por los que se modifican, respectivamente, la regulación del Consejo Nacional de la Discapacidad y la composición, funcionamiento y funciones de la Comisión de protección patrimonial de las personas con discapacidad, para adaptar estos dos órganos a la estructural ministerial que se produjo con la última remodelación del Gobierno.
Fuente: asociación de enfermos de crohn y enfermedades ulcerosas
Nota de la redacción:
Desde hace muchísimo tiempo que venimos devanándonos los sesos en como queremos ser conocidos entre la sociedad. Es lo mismo, puesto que lo primero que debemos hacer es aceptar lo que la naturaleza no ha echado en suerte, de no ser así, que más da como nos llamen, y si resulta la afirmación contraria, pasaremos de como se nos conozca, pues está en nosotros y no en la sociedad nuestra des aceptación, ella, la sociedad bastante trabajo tiene con llegar a vivir lo que mejor pueda, sin reparar absolutamente para nada en todos y cada uno de nosotros. Es el tono y las formas y el estilo lo único que puede menospreciarnos. Es tan solo mi percepción de la diatriba en la que algunos se empecinan en hurgar. Se trata de nuestra opinión nada más.
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