.

.

























Si no salvo mis ideales, no me salvo a mi.







maito:%20msierrahoyos@gmail.com







































.

.

Hoy en LA SER

A causa del cambio del formato usado actualmente por La SER, hemos de facilitar las noticias de manera diferente, ahora lo haremos remitiéndoles a las páginas donde se encuentran las noticias y vds. eligen finalmente su audición, distinto es en la versión anterior donde nos permitía ofrecerles individualmente las mismas.
.
Existen otras opciones, otros programas en donde podrás optar por ellos. Búscalos verás noticias a diario sobre la actualidad.

.

.

domingo, febrero 15, 2009

Servicio de orientación jurídica gratuita.

Sibología de la justicia
SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA GRATUITA PARA PERSONAS DEPENDIENTES

Miércoles 11 de febrero de 2009


El Colegio de Abogados de Alicante, abre un nuevo servicio gratuito de asesoría jurídica a las personas dependientes.


El horario del servicio será los miércoles y viernes, desde las 16’30 a las 21 horas, y podrán acudir al mismo todas las personas dependientes y sus familiares que quieran recibir información y orientación sobre la resolución de sus solicitudes, los plazos que tienen para presentar recursos y reclamaciones, o en su caso quieran presentar un recurso contencioso-administrativo.

Para pedir cita se podrá acudir directamente a los Juzgados de Alicante (Barrio de Benalúa) o bien solicitarla telefónicamente llamando al Colegio de Abogados de Alicante, al:
965 11 52 56, y preguntando por Mª Dolores.

El Servicio está atendido por los Abogados del Turno de Oficio y será gratuito.

Aquellas personas que quieran interponer una demanda en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, podrán solicitar la Asistencia Jurídica Gratuita, y en el caso de que reúnan los requisitos económicos para su concesión, serán atendidos preferentemente por Abogados formados en la materia.
En el caso de las personas dependientes se tendrá en cuenta por parte de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita a la hora de valorar sus ingresos, los gastos extraordinarios que genera su situación.

¿Cuándo se estima insuficiencia de recursos económicos para poder solicitar la Asistencia Jurídica Gratuita?

- Cuando los ingresos de la unidad familiar en bruto no superen el doble del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples) establecido para el año en curso. Para el año 2009, estos ingresos no pueden superar los 1054.98€ mensuales.

- Cuando concurran circunstancias especiales tales como Familias numerosas o personas con discapacidad, los ingresos de la unidad familiar no podrán superar el triple del IPREM (1581.72 €)

Para obtener más información sobre la Justicia Gratuita, se puede visitar la página Web: www.justiciagratuita.es, desde la cual podrá rellenarse la solicitud on-line de la Justicia Gratuita.



No hay comentarios: