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Si no salvo mis ideales, no me salvo a mi.







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lunes, febrero 23, 2009

Presentan el primer recurso contra la Xunta por la ley de dependencia.

Contra vicepresidencia


Presentan el primer recurso contra la Xunta por la ley

de dependencia



El abogado demandante

Un abogado con una hija discapacitada lleva a Vicepresidencia a los tribunales tras esperar dos años por la ayuda.


Autor: Alberto Mahía
Fecha de publicación:
21/2/2009

La resolución que reconoce a su hija la dependencia en su nivel máximo fue firmada y admitida en mayo del 2007. Un asistente social emitió semanas después un informe en el que recomendaba la prestación de una ayuda de asistencia externa. La ley de dependencia establece que ese tipo de prestación asciende a 831 euros, y la propia Vicepresidencia de la Xunta contempla un plazo máximo de seis meses para que el beneficiario comience a percibir el dinero. Pero a día de hoy, casi dos años después, la familia de una niña de seis años con retraso psicomotor aguarda la subvención prometida.

El padre de la pequeña es el abogado coruñés José Enrique Corredoira, y el pasado miércoles presentó un recurso contencioso-administrativo contra Vicepresidencia, el primero que se plantea en Galicia por supuestas irregularidades en la aplicación de la ley de dependencia. El departamento que dirige Anxo Quintana justifica la demora en que «a prestación que solicitan os pais non está recollida na lei; así que nestes momentos estase a traballar para reconducir a solicitude dunha axuda conforme a legalidade».

La respuesta del departamento autonómico «no se ajusta a la verdad», según manifiesta el letrado que ha presentado el contencioso, que muestra como prueba el documento oficial firmado por Vicepresidencia en mayo del 2007 en el que se reconoce que la familia de la dependiente reúne los requisitos para acceder a la ayuda correspondiente a una asistenta externa, fijada en 831 euros, según establece la ley en vigor.

No solo eso. Otro informe, firmado por el asistente social de este departamento autonómico, ratifica la necesidad que se le otorgue a la familia de la niña una prestación de asistencia personal debido a que la menor ha sido considerada como gran dependiente en su grado máximo.

Una vez que pasaban los meses y la familia no recibía la prestación, se pusieron en contacto con la delegación en A Coruña de Vicepresidencia. «Tras entrevistarme con su responsable y después de varias reuniones con personas de ese departamento, se me dice que no habría problema alguno en ingresarme la ayuda, con una paga de los meses atrasados, si aceptaba 519 euros al mes en lugar de 831», recuerda Corredoira. Esos 519 euros son los que marca la ley en caso de que sean los familiares los que se encarguen del cuidado del dependiente, pero debido a que, en este caso, los padres de la niña trabajan, tienen derecho a la otra modalidad de prestación, que es la de contar con un asistente externo; en cuyo caso el Estado fijó la cantidad de 831 euros destinados a pagar a un empleado. «¿Cómo voy a aceptar una rebaja semejante si la propia consellería me reconoció oficialmente que mi hija tiene derecho a una cantidad mayor, la que establece la ley? ¿En base a qué razonamientos?», se pregunta.


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