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"Es una adaptación"
MARÍA PAMPÍN - Santiago - 01/06/2011
La Xunta alega que se trata de que la retroactividad de los pagos se aplique desde la resolución que reconoce la dependencia, y no desde la fecha de solicitud, aunque admite que afecta también al "fraccionamiento".
Las comunidades autónomas, en efecto, llegaron a un acuerdo con el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad para fraccionar los pagos en cinco anualidades del 20%. Pero, de acuerdo con el dictamen del Consello Consultivo, la ampliación de dos a cinco años solo afecta a un tipo de libranzas, las reguladas por el artículo 18 de la Ley de Dependencia, que son las destinadas a cuidados en el entorno familiar. En cambio, el decreto del Gobierno no hace referencia a las vinculadas al servicio o de asistencia personal.
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