(JURISMADRID)
VEJACIÓN A DISCAPACITADOS
Sentencia condenatoria
Un juzgado de Huelva ha condenado al propietario de un establecimiento que se negó a atender en su local a unas personas con discapacidad intelectual que fueron a dicho local.
La sentencia considera probada la actuación discriminatoria del acusado y, finalmente, valora la misma como una falta de vejaciones, de la que fueron víctimas al menos las cuatro personas denunciantes, y condena al autor de los hechos a abonar una multa.
Para lograr esa condena, la acusación particular se basó en la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobado por Naciones Unidas, que sanciona cualquier tipo de discriminación y reafirma el derecho a la igualdad y la dignidad de estas y obliga a los estados partes a impedir cualquier conducta que lesiones tales derechos.
La sentencia garantiza así que estas obtengan un tratamiento igual, digno y no discriminatorio y sanciona la inadmisible actuación de discriminación, que entiende como una evidente vejación injusta, de que fueron objeto aquellas, por razón de su discapacidad.
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