La normativa estatal puede suponer que una residencia cueste hasta el 90% de la pensión, frente al 75% actual
Sara Carreira 2/1/2009
Los trabajadores sociales de Galicia se encuentran actualmente en una situación compleja cuando atienden las solicitudes de los ciudadanos en relación con la ley de dependencia. El pasado mes de noviembre, las comunidades autónomas y el Estado acordaron un porcentaje de copago (participación de los ciudadanos) de los diferentes servicios que incluye la ley -asistencia en el hogar o una plaza de una residencia o centro de día, por ejemplo-. El problema es que el acuerdo es tan de mínimos que en muchos casos se perjudica al beneficiario en relación con las leyes anteriores a la dependencia.
La Xunta puede regular una normativa propia a partir de la estatal y mejorar la situación de los ciudadanos, pero también puede dejar la situación tal y como está. Hasta el momento no hay ningún avance de cuál será el camino a seguir.
Los asistentes sociales, por tanto, están en una encrucijada y no saben qué aconsejar a la gente. Una de las situaciones más comunes es la de una persona mayor que solicita plaza en una residencia (pública o concertada) ha de pagar el 75% de su pensión; con la normativa de copago, deberá abonar entre el 70 y el 90% de su sueldo. La clave está en que hasta ahora no se tenía en cuenta el patrimonio de la persona y con la ley de dependencia sí se computará la vivienda habitual, si es que la va a dejar libre para marcharse a un centro especializado.
Lo especialmente complicado en este caso es que la ley de dependencia nació como un derecho universal, similar a la educación o a la sanidad, donde a cualquier español se le reconoce que debe recibir la misma atención al margen de su pensión, sueldo o herencia.
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