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martes, junio 03, 2008

Andalucía se mueve. ¡Peligro! Que me disculpen los andaluces, pero... visto lo visto, ya no me fio


Andalucía permitirá la eutanasia pasiva

La futura ley dará cobertura asistencial y jurídica a los pacientes terminales que deseen ser desconectados o aliviar su agonía mediante la sedación paliativa

RAÚL BOCANEGRA - Sevilla - 30/05/2008

Ramón Sampedro, durante el juicio en el que intentó que se le concediera la posibilidad de morir. EFE

Una ley del Parlamento de Andalucía dará cobertura jurídica y asistencial a los pacientes en estado terminal que opten por interrumpir los tratamientos que los mantienen con vida. Los enfermos podrán ser desconectados de un respirador. También se regulará la aplicación de la sedación paliativa. La voluntad de los pacientes prevalecerá por encima de cualquier otra consideración y el sistema sanitario garantizará que así sea, según explicó a Público María Jesús Montero, consejera andaluza de Salud (PSOE). En los casos en los que el paciente no tenga testamento vital y no pueda expresar con claridad su voluntad o exista alguna posibilidad de interpretación, decidirá un comité de ética.

Por primera vez en España, el Ejecutivo andaluz pondrá todo ello negro sobre blanco en una ley que pretende aprobar esta legislatura. La norma, que incluirá en el título las palabras "muerte digna", desarrollará íntegramente las competencias autonómicas previstas en el artículo 20 del Estatuto (aprobado por PSOE, PP e IU), que reza así: "Todas las personas tienen derecho a recibir un adecuado tratamiento del dolor y cuidados paliativos integrales y a la plena dignidad en el proceso de su muerte". El Estatut catalán tiene un artículo similar, recurrido por el PP ante el Constitucional.

Eutanasia sí, eutanasia no

El Gobierno andaluz sabe que las palabras en este asunto son muy delicadas. "Queremos aclarar la confusión que a veces existe porque todas las actuaciones, algunas de ellas muy distintas entre sí, se engloban bajo la palabra eutanasia. El debate se enriquecerá cuando diferenciemos entre eutanasia sí, eutanasia no", afirmó la consejera.La norma definirá cada una de las actuaciones clínicas, que Salud divide en seis. Dos fuera de la legislación, la eutanasia directa y el suicidio asistido, y otras cuatro dentro: la limitación del esfuerzo terapéutico, el rechazo del tratamiento, la sedación paliativa y la desconexión en caso de fallecimiento (ver página 4).

La terminología de la Junta rehúye en todo momento la palabra eutanasia, que previsiblemente no estará en la ley. Sin embargo, el Consejo Consultivo de Andalucía no tiene esas prevenciones. En el dictamen (con un voto particular contrario) que avaló la retirada del respirador a Inmaculada Echevarría, quien murió tras la desconexión, consideró que ese caso y otros similares (que estarán incluidos en la futura norma) entran dentro de la categoría de "eutanasia pasiva", a la que el Consultivo definió así: "La adopción de comportamientos que impliquen la interrupción de tratamientos destinados a no prolongar la vida terminal". La mayoría de la doctrina la excluye de lo punible por el Código Penal.La ley, según Montero, médico de profesión, hará hincapié en que, si no existe testamento vital, se recabe el consentimiento informado del enfermo con todas las garantías y sin causarle sufrimiento.

Prohibir la obstinación médica

"Pretendemos prohibir además la obstinación terapéutica, lo que supondrá que la buena práctica clínica esté presidida por no someter al paciente a procedimientos y a técnicas que puedan suponerle una agonía prolongada en aquellos casos en los que no es posible mejorar su situación", aseguró Montero. El Gobierno andaluz pretende también con la norma dotar a los profesionales -con quienes quieren consensuar el contenido de la ley-de un marco que les evite ser tachados de estar llevando a cabo una mala praxis, como sucedió con la sedación paliativa en el caso del Hospital de Leganés, perseguido por las autoridades que generó inquietud entre los médicos.

La intención de Montero es también que la ley establezca que el lugar prioritario para recibir cuidados paliativos sea su domicilio. "Es un elemento fundamental para el buen morir", remachó la consejera.Los hospitales privados y religiosos podrán seguir actuando como hasta ahora. En estudio está si se va a permitir la objeción de conciencia a los facultativos de los centros públicos.

Casos opuestos

‘Caso Echevarría': una desconexión que será regulada

La futura ley andaluza regulará casos como el de Inmaculada Echevarría. Con distrofia muscular progresiva desde los 9 años, inmóvil desde los 30 e ingresada en el hospital granadino San Rafael, Echevarría pidió, a los 51 años, "una muerte digna" para "dejar atrás el dolor". Nueve años atrás, la paralización de la musculatura de la caja torácica había obligado a practicarle una traqueotomía y a conectarla a un respirador para mantenerla con vida. Ella pedía una inyección que le parase el corazón. Pero la ley no lo permitía, lo que generó una notable polémica social. Trasladada al hospital San Juan de Dios, dependiente del sistema público andaluz, murió tras ser desconectada. El Consejo Consultivo y el Consejo Ético no lo consideraron eutanasia activa, sino limitación del esfuerzo terapéutico (o rechazo del tratamiento).

‘Caso Sampedro’: el suicidio asistido sigue prohibido

Llevado al cine en la película ‘Mar adentro’, ganadora de un Oscar, el caso de Ramón Sampedro, tetrapléjico desde los 25 hasta los 55 años, edad de su muerte, contribuyó como ningún otro a trasladar a la sociedad el debate sobre el derecho a decidir las circunstancias de la propia muerte. Falleció por envenenamiento tras beber cianuro potásico, para lo cual tuvo que ser ayudado por una segunda persona. Los hechos fueron filmados por una cámara, con lo que Sampedro pretendía aclarar que no había más responsable que él. Una amiga, Ramona Maneiro, fue detenida en relación con los hechos y puesta en libertad por falta de pruebas. Maneiro admitió años después que ayudó a morir a su amigo. Casos de suicidio asistido como el de Sampedro quedarán fuera del ámbito de aplicación de la futura norma andaluza.

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