ORDEN de 28 diciembre de 2007, de la Conselleria de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana por la que se regula y convoca el programa para financiar estancias en centros de día para personas mayores dependientes en el año 2008. [2008/11]
Es interesante la lectura de esta orden para ver cómo afecta la Ley 39/2006 a la política general en servicios sociales de las CC.AA.; creo que es importante la disposición transitoria única. ¡Ya sabéis eso de las barbas del vecino…!
DISPOSICION TRANSITORIA
Única
Desde la entrada en vigor de la presente orden, las ayudas públicas otorgadas por la conselleria de Bienestar Social al amparo de la presente orden, tendrán la consideración de Prestaciones Económicas Vinculadas al Servicio para aquellas personas respecto de las que, las resoluciones de reconocimiento de la situación de dependencia, Grado III, niveles 1 y 2 y Grado II, nivel 2 y, su Programa Individual de Atención, contemple como prestaciones más adecuadas a su situación personal, los servicios de atención en un centro de día, conforme a lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Aquellas personas, a las que su Programa Individual de Atención reconozca el derecho a este tipo de prestaciones económicas, pero tengan supeditada la efectividad de su derecho al calendario de implantación previsto en la Disposición Final Primera de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, mantendrán su condición de beneficiarios de las ayudas contempladas en la presente orden hasta que se produzca la efectividad del derecho a obtener la Prestación Económica Vinculada al Servicio.
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