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Si no salvo mis ideales, no me salvo a mi.







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domingo, enero 20, 2008

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La postura del Foro de Vida Independiente ante el primer año de vigencia de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (LEPA)


Una cuestión de falta de respeto a los Derechos Humanos

Foro de Vida Independiente – enero 2008

Tras un año de vigencia de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia desde su aprobación en diciembre de 2006 por las Cortesi, el Foro de Vida Independiente, una agrupación ciudadana compuesta por más de 700 personas, muchas de las cuales viven discriminadas por su situación de “inDependencia”, expone su postura ante una Ley que les afecta personalmente. Esta postura puede resumirse en una sola frase:

El nuevo sistema promociona la dependencia, no la autonomía de las personas que viven en situación de “inDependencia”.

Diferentes derechos en España

  1. El retraso en la implantación del sistema es apabullante, hasta tal punto que varias CCAA como Cataluña y Andalucía han sido denunciadas ante los juzgados.

  2. Las diferentes CCAA trabajan a diferente ritmo y con diferentes criterios, dando lugar a nuevas desigualdades. El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) ha sido utilizado como arma arrojadiza entre Comunidades Autónomas y Estado, si bien las heridas las han sufrido los ciudadanos.

Asistencia Personal

  1. No se ha adoptado ninguna medida para regular la figura del Asistente Personal.

  2. Se ha minimizado su uso en favor de otras figuras como la del cuidador familiar (esclavizando a la familia y no favoreciendo la autonomía de la persona), la Ayuda a Domicilio, centros diurnos y Residencias que nos “granjerizan”ii

  3. Se ofrecen unas mínimas e insuficientes horas de atención personal (AP) para dar ciudadanía plena a las personas que quieren vivir dignamente.

  4. Las retribuciones destinadas a la AP son inaceptables, no se adaptan a las necesidades de cada individuo y son insuficientes para desarrollar una vida independiente.

  5. No se conoce a ninguna persona que haya percibido la (in)suficiente prestación de AP, mientras los familiares van obteniendo su mísera limosna.

  6. Es incomprensible que un gobierno de un estado de derecho presente como ley estrella una que recorta la igualdad de oportunidades, promueve la “granjerización” y suscita la discriminación.

Asistencia Tecnológica

  1. No se conoce una sola persona que haya recibido ayudas técnicas, domótica, sistemas de control del entorno o adaptaciones arquitectónicas financiadas a través de la Ley 39/2006.

  2. Las ayudas técnicas siguen siendo objetos susceptibles de subvención parcial y limitadas a las relacionadas en los catálogos del sistema sanitario. su adquisición debería estar garantizada en su totalidad, ampliándose a otras que no se recogen en dichos catálogos, si se atendieran criterios de promoción de autonomía.

Baremo

  1. El sistema de baremación da resultados sorprendentes y erróneos. Es un baremo subjetivo, que depende del grado de conocimiento que el valorador tenga de la diversidad funcional de la persona valorada.

  2. La falta de información y formación de profesionales y usuarios ha generado un interminable camino de vericuetos administrativos.

Asignación de recursos públicos

  1. Otros recursos del sistema anterior, como el complemento de tercera persona de las pensiones no contributivas, han sido bloqueados de facto con el nuevo sistema.

  2. Los partidos proponen públicamente erradicar el impuesto sobre patrimonio para “evitar castigar a la clase media”. Ese castigo de la clase media sólo se dará si tiene alguna persona “inDependiente”, discriminándola a través del “repago” en función de ingresos y patrimonio.

  3. El dinero dirigido a las personas con diversidad funcional, ha ido a parar a otras manos (técnicos, publicistas, constructores, administración, empresas, etc.).

  4. Se ha lanzado una agresiva y costosa campaña publicitaria en prensa, radio y televisión que manipula a la opinión pública al informar falsamente acerca de las prestaciones e implantación de la ley.

Vida Digna

  1. No es aceptable que se pretendan celebrar, por segunda vez desde la vigencia de la LEPA, elecciones en un día en que el estado no levanta de la cama a los ciudadanos que reciben Ayuda a Domicilio.

  2. La vida digna de las personas se sustenta, principalmente en la igualdad de oportunidades y la no discriminación; las sociedades avanzadas deben invertir cada vez más en la igualdad de oportunidades de los colectivos que son discriminados por su diferencia.

  3. Las medidas aprobadas no van en línea con el apoyo de la vida digna de las personas que vivimos discriminadas por nuestra situación.

Derechos Humanos

  1. Nuestros Derechos Humanos se escriben, se leen, se firman, pero siguen ausentes.

  2. La prestación de asistencia personal es un Derecho Humano reconocido en el artículo 19 de la Convención de la ONUiii. El objetivo de esta prestación debe ser contribuir a la igualdad de oportunidades y a la no discriminación de personas con diversidad funcional, tal como indica entre sus objetivos y en su articulado la ley de “inDependencia”iv e instaura la propia Constitución Española, art. 9.2v.

Por lo tanto, el Foro de Vida Independiente propone:

  1. Que la ley sea revisada para adecuarse a lo establecido por el sistema de Derechos Humanos.

  2. Que los fondos sean destinados prioritariamente a la promoción de la autonomía personal de las personas y a su atención, en lugar de priorizar los puestos de trabajo e infraestructuras que en algunos casos no son necesarias o no cubren los objetivos de la Ley.

  3. Regular la figura del asistente personal prevista en la ley, jurídica y laboralmente, equiparándola a las ya existentes dentro de los servicios sociales.

FORO DE VIDA INDEPENDIENTE - 15 de enero de 2008

NADA SOBRE NOSOTROS SIN NOSOTROS”

foro.vida.independiente@gmail.com

¡Esperamos igualdad!


Notas

__________________________________
i
La senda trazada por la presente Ley, la labor llevada a cabo por el Consejo Territorial, se puede leer resumida someramente en la página
http://www.imsersomayores.csic.es/productos/dependencia/documentacion.html
ii
“Granjerización” es un término acuñado por el Foro de Vida Independiente que describe la realidad de miles de personas que se mantienen limpias, bien cuidadas y alimentadas y sin dignidad.
iii
CONVENCIÓN sobre los DERECHOS de las PERSONAS con DISCAPACIDAD, ratificada por el Gobierno español el 30 de marzo de 2007. Disponible en Web:
http://www.un.org/spanish/disabilities/convention/

iv
LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Artículo 1. Objeto de la Ley. Artículo 4. Derechos y obligaciones de las personas en situación de dependencia; K.
v
Artículo 9.2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.


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