
Esperamos que os guste y la difundáis entre todos vuestros contactos, puesto que este servicio del AP (Asistente Personal) es un fin que todos debemos promover y exigir ante la administración, ya que es un derecho que así nos lo reconoce tanto la Convención de los derechos de los discapacitados de la ONU (Artículo 19), así como la española Ley de inDependencia (Artículo 19).
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