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jueves, abril 09, 2009

Papás de Alex una vez más pone en aprietos al ejecutivo catalán


Acción Social dice que silencio administrativo no reconoce grado dependencia

  • EFE  Barcelona

El Departamento de Acción Social ha asegurado que "en ningún caso" un ciudadano puede adquirir el reconocimiento de grado de gran dependencia por silencio administrativo en contra del ordenamiento jurídico, tal y como aseguran los responsables del colectivo Papás de Alex.

Según la Ley de la Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas con Dependencia, la valoración de reconocimiento del grado de dependencia corresponde "con carácter exclusivo" a la Administración Pública, y por tanto, se señala en un comunicado de la conselleria, "ningún particular, ni ninguna entidad privada están autorizadas" para realizar este baremo.

El presidente del colectivo Papás de Alex, Antonio Moreno, ha asegurado hoy a Efe que Josefina S. V., una mujer de Barcelona con fibromialgia, podría ser reconocida como gran dependiente, y recibir las prestaciones que ello conlleva, porque la Generalitat no ha respondido a su solicitud de valoración en el plazo que marca la ley.

Acción Social subraya que, según, el artículo 106 de la Constitución, son los jueces y los tribunales los responsables de controlar la legalidad de la actuación administrativa.

En este sentido, añaden que en Cataluña no existe ningún pronunciamiento judicial en el área de dependencia que haya reconocido un determinado grado por silencio positivo sin que se haya producido previamente una valoración a cargo de la Administración Pública.

"Si el ciudadano o ciudadana no está de acuerdo con la actuación administrativa, puede formular la correspondiente reclamación. Si continúa no estando de acuerdo, puede presentar una demanda ante los tribunales", indica la consellería, que recuerda que igualmente el Programa Individual de Atención lo debe hacer la administración en colaboración con el dependiente o sus familiares.

El doctor en Derecho y experto en silencio administrativo Rafael Pérez Castillo ha señalado a Efe que la inexistencia de una normativa en Cataluña que desarrolle la Ley de Dependencia hace que sea de aplicación, en casos como el de Josefina S.V., la ley estatal de régimen administrativo, que establece que el silencio administrativo debe entenderse como la estimación de su solicitud.


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