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Si no salvo mis ideales, no me salvo a mi.







maito:%20msierrahoyos@gmail.com







































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martes, septiembre 02, 2008

Carlos Fabra: Ningún juez quiere hacerse cargo de su expediente.

Información.es » Opinión




Fabra:

presunto

inocente.



Llamar "hijo de puta" al adversario político define a la perfección a quien profiere tal tipo de epítetos y a quienes a su lado le ríen sus gracias y despropósitos, así como a los que prefieren negar la evidencia y desconocer la realidad de unos hechos que, a más de revelar su escasa educación y servilismo hacia el poderoso, ponen en evidencia la categoría humana de nuestros gobernantes. La lengua española contiene tal cantidad de cúmulo de términos para rechazar unas acusaciones que no se consideren adecuadas, que quien utiliza el insulto o la injuria debe entenderse que lo hace con perfecto conocimiento de sus actos y plena voluntad de hacerlo, salvo que sea poco leído y su vocabulario quede reducido a unos cuantos improperios, lo que no debe rechazarse como posible en ciertos ámbitos de nuestra Administración pública.

Pero, llamar así a quien, como el señor Colomer, representante del PSPV, en momento alguno ha hecho otra cosa que recordarle al vociferante señor Fabra la realidad de su situación procesal, sin acusarlo desde luego de ser culpable y limitándose a reiterar su condición de imputado múltiple, constituye un comportamiento digno de ser analizado desde la óptica del entendimiento del propio honor exagerado que niega incluso en la misma conciencia lo que la conducta realiza, pues una cosa es la presunción de inocencia y otra bien distinta ignorar que ese derecho es aplicable a los que son sospechosos de la comisión de un delito, no a quienes no están sujetos a proceso penal alguno, ya quepues estos últimos no son presuntos inocentes, sino sencillamente inocentes. Cuando el señor Fabra apela a la presunción de inocencia es porque está sometido a un proceso penal en el que es sospechoso de la comisión de diversos delitos; si no estuviera en tal trance, como sucede a la inmensa mayoría de los contribuyentes, no tendría necesidad alguna de hacerse reclamar presunto de nada, pues sería sencillamente inocente.

Si alguien es imputado, no debe ofenderse porque se lo recuerden. Debiera estar preocupado y un tanto avergonzado por serlo, no porque se lo llamen. No es una ofensa decir que una persona está sujeta a procedimientos penales múltiples si de verdad lo está, pues se trata de una realidad conocida y comprobadamente objetiva. Como también lo es que, aunque el señor Fabra no haya sido condenado, son tantas las sospechas judicialmente admitidas como tales, que no parece que sea el más indicado para gestionar los intereses de la ciudadanía. Que no sea culpable aún o que no lo llegue a sera nunca, no impide que hoy sea un inculpado frente a quien se alzan indicios de criminalidad, lo que, a mi entender, le debería excluir de la función pública. Esta función se basa en la confianza, pues contiene entre sus competencias la de gestionar los dineros derivados de los impuestos, esto es, los ajenos, los nuestros y por tal motivo debe encomendarse a quienes no se vean afectados por mácula alguna, aunque sea en grado de mera posibilidad, lo que cuando se abre un proceso penal es de una evidencia innegable, pues sin datos suficientes nadie y menos un político, al que la ley y los tribunales suelen amparar en exceso, es sometido a investigación alguna.

El derecho a la presunción de inocencia tiene su propio ámbito de operatividad e impide que nadie pueda ser tratado como culpable sin una condena previa, pero ese derecho no impide que, quienes se encuentrenven sujetos a un proceso penal, puedan y deban ver recortados ciertos derechos y posibilidades merced a su condición de sospechosos. Así sucede con quienes son ingresados en prisión provisional, ven intervenidos sus teléfonos, allanados sus domicilios u obligados a soportar órdenes de alejamiento. Todas ellas son medidas cautelares ordinarias y compatibles con la presunción de inocencia. Por eso, cCausa sorpresa que en el PP, en el que se reclama que la prisión provisional se aplique con más dureza, con extrema dureza diría yo, a la vez se pretenda en casos como el del señor Fabra que hasta la sentencia firme no pueda experimentar perjuicio alguno, ni siquiera nimio, quien se ve imputado. Se trata de casos similares, en los que la presunción de inocencia opera en un mismo sentido. Justificar una cosa y la contraria es, además de una contradicción, la manifestación de que paraa ciertas personas los derechos han de aplicarse de forma diferenciada en función de la condición personal, de la fortuna o de la posición social.

No es coherente exigir la prisión inmediata, por razones de seguridad, de cualquiera que sea sometido a proceso, normalmente los pobres y los inmigrantes y reivindicar exactamente lo contrario cuando de quien se trata sujeta es de un conmilitón y, además, dirigente de unala formación que no acaba de definir sus posiciones con arreglo a una lógica común.

Si para el PP la presunción de inocencia ha de surtir tales efectos que incluso vede la simple posibilidad de hablar de sus imputados, debería hacer lo propio con todos y hacer frente con todas sus fuerzas ante toda medida cautelar que se aplicara a cualquier sospechoso. Como, naturalmente, no puede hacer eso, pues la lógica y la seguridad ciudadana lo impiden, debe al menos abstenerse de presentar los derechos desde perspectivas de privilegios. Aunque mantenga los títulos honoríficos al general Franco, desgraciadamente para algunos de ellos por lo que cotidianamente comprobamos, esa parte de la historia de España pasó y no va a volver.

Así que, lo que dijo el señor Colomer en el pleno de la Diputación de Castellón, lo reitero aquí yo mismo. Señor Fabra está usted imputado por la comisión de diversos delitos. Es sumamente sospechoso que su enjuiciamiento se alargue en el tiempo de una manera que, incluso, puede conseguir ciertas prescripciones de deudas tributarias. No debería usted haber permanecido en sus puestos de responsabilidad cuando existen graves indicios de haberlos utilizado para la comisión de hechos que el Código Penal contempla y esa existencia de sospechas no la afirmo yo, la han constatado los tribunales de justicia.

Usted no es inocente, sino presunto inocente. Yo presumo que es así porque me lo dice la Constitución. Sólo son inocentes los que no son sospechosos de haber cometido delitos y usted, señor Fabra, lo es y por partida múltiple.

La verdad es que nadie les toma en serio por mucho que se esfuercen y con quien se hable, salvo los paniaguados, que son muchos, todos coinciden en la vergüenza de sostener a sujetos en tal tipo de situaciones al frente de la gestión pública.

José María Asencio Mellado,
es catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Alicante.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Pues verá, Don José Mª Asencio Mellado, si Vd. que es catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Alicante, dice que este individuo político es un presunto inocente cuando existen tantísimos indicios que así no resulte ser, ¿crée que no sería igualmente acertado decir que este individuo político pueda ser un presunto ladrón?, pues todo es cuestión de presunciones y no estamos aseverando nada ¿verdad? solo estamos suponiendo que incluso no hubiese robado para beneficio propio, igual podría resultar un caso semejante al de Filesa... ¿o no?.
De todas formas y como nosotros no somos de la misma pasta que este individuo político, diremos ambos que es, efectivamente, un presunto inocente. De ese modo jamás podrá denunciarnos por haber asegurado que es un perfecto granuja, un déspota y un...