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La Voz de Asturias
Asturias
Sólo 21 familias van a juicio por la ley de dependencia
Los tribunales de justicia han estimado únicamente un recurso en Asturias
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La ley de dependencia apenas genera litigiosidad en Asturias. Así lo indica Pedro Rodríguez, director general de Prestaciones. Rodríguez subraya que entre 2007 y 2010 las familias de dependientes presentaron 21 recursos judiciales por desacuerdos con los dictámenes de la Consejería de Bienestar Social.
Sólo siete de los 21 recursos se han fallado ya y únicamente uno estimó parcialmente la petición de la familia, que solicitaba un mayor reconocimiento del nivel de dependencia. En los seis casos restantes, los tribunales dieron la razón a la Administración. Pedro Rodríguez indica que en cinco de los casos desestimados las familias solicitaban un mayor nivel de dependencia que el reconocido y en el sexto se reclamaba el reconocimiento de dos prestaciones incompatibles.
El máximo responsable de Prestaciones subraya que la litigiosidad de la ley de dependencia es bajísima en Asturias. Rodríguez pone en relación los 21 recursos presentados entre 2007 y 2010 con los 42.640 expedientes tramitados en este mismo periodo para acogerse a la ley.
Las familias recurren poco a los tribunales porque, según manifiesta el director de Prestaciones, la información facilitada por la Consejería de Bienestar Social es muy amplia. Las personas dependientes o las familias que no están de acuerdo con la decisión de la consejería agotan antes de ir a los tribunales los trámites administrativos. Así, en 2008 Bienestar Social recibió 126 recursos, en 2009 el número bajó hasta los 106 y en 2010 se redujo hasta los 68. En este periodo de tres años la consejería atendió favorablemente 38 de estos procedimientos administrativos. La mayoría de ellos se registran por desacuerdos con los niveles de dependencia reconocidos y con el plan individualizado de atención.
Bienestar Social mantiene en estos momentos en suspenso 75 expedientes por desacuerdos con las familias. El máximo responsable de Prestaciones subraya que mayoritariamente obedecen a que la Administración considera idóneo un servicio social y, sin embargo, las familias reclaman una prestación económica. El número de expedientes en stand by se ha ido reduciendo con los años, según Rodríguez, también porque las familias reciben información puntual sobre la norma.
Uno de los aspectos que en otras comunidades dio lugar a procesos judiciales fue la consideración de la retroactividad, esto es, el pago de los derechos generados desde la solicitud y no desde el reconocimiento de los servicios o prestaciones. Rodríguez subraya que hubo comunidades que optaron unilateralmente por no abonar las ayudas económicas con carácter retroactivo. El Gobierno central decidió modificar la ley para reconocer la retroactividad sólo por encima de los seis meses.
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