Artículo de opinión
Ayeisa Méndez y su familia habrá
de esperar, una vez más, a que les
quieran dar lo que por Ley les
pertenece.
Esta mañana y tras la intervención, en primer lugar, del abogado de la Consellería de Bienestar Social quien ha determinado apoyándose en no recuerdo que artículos de que Ley autonómica, ha declarado que el tribunal de Alicante no es competente en este caso, por lo que pretendía derivarlo al Contencioso-administrativo o Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
A renglón seguido y apoyándose en otros artículos que la propia Consellería había determinado, el abogado defensor ha venido en demostrar que si que es competencia del Contencioso-administrativo de Alicante, supuesto que aquí también existe Sede del Consell Valenciano y tiene competencias para descentralizar la justicia, por lo que según todos los indicios legales no debe salir para evitar el penoso peregrinaje de los afectados.
Tras las dos intervenciones y sus correspondientes rectificaciones y/o reafirmaciones, la juez ha determinado suspender el juicio mientras deriva hacia la fiscalía para que determine si este tribunal es competente o no para juzgar el caso.
La juez se ha dirigido al demandante, padre de la mujer afectada por una parálisis cerebral con un 85%, por si quería aportar alguna opinión y éste, le ha respondido que no entendía nada. Que si en la ciudad de Alicante existe una sede del Gobierno Valenciano, con iguales competencias ¿por qué razón pretenden llevar a Valencia la celebración de un juicio que lo único que se busca es demorar «sine die» la resolución de un caso que en algún momento habrán de afrontar.
La sala que abarrotada de personas con y sin diversidad funcional escuchaba todo el proceso, finalmente demostró su decepción y, como nos ha salido un día lluvioso, algunos paraguas repiqueteaban discretamente sobre el parqué en señal de tongo.
¡Lo que cambian las cosas! Si la juez, ante los razonamientos de la defensa que, por otra parte se ajustaban a la ley emanada por el propio gobierno valenciano, se hubiese declarado competente, el juicio hubiera avanzado y ahora -probablemente- tendríamos sentencia que a posteriori el Consell habría recurrido, o no, pero ya este recurso hubiera precipitado un resolución definitiva. Al lavarse las manos, lo único que ha provocado es el alargamiento del proceso todo el tiempo que nadie desea, pues la consulta al fiscal podría demorarse meses, luego según lo que determinara, podría durar años y así todos os imaginaréis lo que pretenden y que no es otra cosa que ahorrarse anualmente y por cada dependiente, algo más de, entre 8.000 o 12.000 euros. Por supuesto que, infinitamente menos dinero que el que nos han escamoteado con el caso Gürtel.
¡País!
Enrique Rubio Aracil
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