Pulsando sobre el gráfico se accede directamente a la Agencia Tributaria, donde se puede consultar todo lo concerniente a la Campaña de la Renta. No obstante, he traido información sobre las reducciones por la obtención de rendimientos netos del trabajo que, con carácter general (sea o no discapacitado el perceptor), establece la Ley.
| Renta 2007 | | RENDIMIENTOS DEL TRABAJO Las reducciones por la obtención de rendimientos netos del trabajo que, con carácter general (sea o no discapacitado el perceptor), establece la Ley son: - Reducción por rendimientos del trabajo. Oscila entre 4.000 € y 2.600 € anuales, dependiendo de la cuantía de dichos rendimientos y de la obtención de otras rentas distintas de las del trabajo.
- Reducción por prolongación de la actividad laboral. Consiste en un incremento del 100% de la reducción anterior. Es aplicable a los trabajadores activos mayores de sesenta y cinco años que prolonguen la actividad laboral o estatutaria. Percibirá rendimientos del trabajo como consecuencia de la prestación efectiva de sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona física o jurídica.
- Reducción por movilidad geográfica. Consiste igualmente en un incremento del 100% de la reducción por rendimientos del trabajo. Tienen derecho a ella los contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio. Es aplicable en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.
Los trabajadores activos discapacitados, además de las reducciones anteriores que les correspondan, tendrán derecho a la reducción por discapacidad de trabajadores activos, según el siguiente detalle: Grado de minusvalía | Reducción por discapacidad de trabajadores activos | Igual o superior al 33% e inferior al 65% | 3.200 € | Igual o superior al 33% e inferior al 65% que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida | 7.100 € | Igual o superior al 65 % | 7.100 € | La reducción por discapacidad de trabajadores activos se aplica cuando en cualquier momento del periodo impositivo concurren estas dos circunstancias simultáneamente: - Tener el grado de minusvalía exigido.
- Ser trabajador activo.
Como consecuencia de la aplicación de las reducciones por la obtención de rendimientos netos del trabajo, el saldo resultante no podrá ser negativo. RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - El contribuyente que en el ejercicio de la actividad económica pueda aplicar la reducción especial establecida para determinados rendimientos en actividades en estimación directa, podrá, a su vez, adicionalmente y si es persona con discapacidad, minorar el rendimiento neto de las mismas en 3.200 € anuales, o en 7.100 € si acredita necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida o un grado de minusvalía igual o superior al 65 %.
Por primera vez, la Orden EHA/804/2007 de 30 de marzo, por la que se desarrolla para 2007 el método de estimación objetiva, contempla en las instrucciones para la aplicación de los módulos que el personal no asalariado con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, se compute al 75 por 100 | | | | |
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